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Nueva Reforma de la Ley Ecommerce, ¿sabes como aplicarla a tu tienda virtual?

El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de Ley que pretende modificar la Ley General para la Defensa de los de los Consumidores y Usuarios, que reforzará la seguridad jurídica de los consumidores y empresarios en operaciones de comercio electrónico, y que, entre otros objetivos, pretende mejorar la «protección de los derechos de los compradores» en todas las transacciones a distancia.

Si te preguntas: ¿Cuales son las novedades del Proyecto de Ley?  y ¿ Como debería adaptarlas en mi Tienda Virtual?, intentaremos explicar de forma breve cuales son las modificaciones oportunas para cumplir con la nueva Leyes.

  • Información. La información facilitada a los consumidores, distribuidores o cliente final, cuando formalicen contratos a distancia, tendrá que ser clara y comprensible, es decir deberemos pararnos detenidamente a gestionar y administrar las pestaña de información que ofrecemos acerca de nuestras gestiones: condiciones de las garantías legales y comerciales,  formas de envío, políticas de privacidad, devoluciones, etc. Con el fin de transmitir de forma transparente todos los detalles que abarca una compra Online en tu tienda virtual.
  • Solicitud de depósitos o garantías: Se debe informar sobre los depósitos u otras garantías en caso tu cliente tenga que pagar el pedido por anticipado, así como cuando sea necesario bloquear una cantidad determinada de la tarjeta de crédito (como en muchas reservas de hoteles). Básicamente lo que intentamos es demostrarle al cliente que la compra que esta realizando es transparente y segura, para ambas partes.
  • Contenidos digitales: Si vendes productos digitales, es obligatorio informar de cuáles son sus funciones, las medidas técnicas de protección aplicables, y detallar los equipos y programas compatibles con los mismos. En otras palabras la ficha del producto o articulo que vendemos a través de nuestra tienda virtual, debe ser lo mas clara y detallada, con el fin de satisfacer las dudas de nuestro cliente, y asegurarnos de que la transacción se realizara correctamente, puesto que nuestro comprador recibirán justamente lo que ha leido en las especificaciones del producto.
  • Botón de pago: Aquí el tema es un poco más confuso: “Cuando la realización del pedido implique el pago de una cantidad determinada como contraprestación por el servicio o producto solicitado, el botón de pedido debe contener la expresión”pedido con obligación de pago” u otra expresión similar. Espero que “comprar”, “pagar” o “finalizar pedido” deben de ser igualmente válidos.  Se trata de botones de confirmación que debemos tener en nuestra tienda, para asegurar la correcta transacción, además de la casilla de verificación de políticas, con el fin de asegurarnos que nuestros clientes, aceptan nuestras políticas de ventas.
  • Derecho de desistimiento. Se introducen nuevas garantías en cuanto a la posibilidad de renunciar o desistir del contrato. Se amplía el plazo en el que se puede ejercer: de los 7 días hábiles actuales a 14 días naturales. En el caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer este derecho, el plazo queda automáticamente ampliado a 12 meses. La nueva norma, además, incorporará un formulario de desistimiento común en Europa, que facilita el ejercicio de este derecho y que se tendrá que facilitar junto con la información previa al contrato. Aquí nos encontramos con una de las nueva novedades en cuanto a la transacción de venta se refiere, y es que como bien hemos informado anteriormente, o dejamos muy claro y conciso las políticas de venta de nuestra tienda virtual, o nos veremos obligados a mantener un plazo anual (1 año) de devolución con todos nuestros clientes. Por otra parte el periodo normal de devolución, ha de ampliarse a 14 días hábiles.
  • Cargos por sistema de pago: Si cobras por el tipo de sistema de pago utilizado, sólo podrás cobrar el coste real soportado. He visto en algunas tiendas cobrar, por ejemplo, un 5 % sobre las compras realizadas por Paypal. Ahora sólo podríamos del 1,9 % al 3,4 % sobre la venta (según nuestro plan) más 35 céntimos por transacción.  Se acabaron los engaños en cuanto a costes adicionales que se facturan al cliente, por utilizar una pasarela de pago que implica un sobrecargo, de ahora en adelante se deberán ajustar a los mínimos exigidos por dicha pasarela en el sobrecargo, y no por encima o superior al mínimo establecido. Así que si eres de esos que cobran un 5% por usar paypal, estas a tiempo de cambiarlo.
  • Contratación telefónica: Si vendemos algo telefónicamente, es necesario que el cliente nos lo confirme por escrito (email, correo postal, sms o fax). Todo debe quedar por escrito, para evitar problemas legales.
  • Pagos adicionales: Si el cliente tiene que pagar alguna cantidad adicional al precio del servicio o producto solicitado debe manifestar de forma expresa que está de acuerdo, sin que se puedan utilizar opciones que por defecto deba rechazar para evitar el pago adicional. El cliente únicamente deberá pagar el importe integro del articulo + los gastos de envío. En caso de los sobrecargo, el cliente deberá confirmar y aceptar, que se hace responsable y acepta: el cargo adicional por la utilización de dicha metodología de pago.
  • Coste de llamada: Si proporcionas una línea telefónica para comunicarte con tus clientes en relación al contrato, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica. Se penalizara a los empresarios que introduzcan lineas 902 XXX XXX, con el fin de obtener un beneficio adicional, en las transacciones con los clientes. A partir de ahora si estableces líneas de teléfono, deberás de mantener la tarifa base nacional de tu operador, así que olvídate de sacar un extra con las llamadas.
  • Riesgo de pérdida o deterioro de los bienes: Hay que tener en cuenta que son de cuenta de la empresa todos aquellos daños que se hayan producido antes de que le sean entregados al cliente. Sin embargo, en caso de que el cliente ejercite el derecho de desistimiento, será responsable de los deterioros causados por la incorrecta utilización de los productos recibidos. Con ello el empresario se hace responsable de que el envío llegue en correctas condiciones a su destino, sin embargo en caso de desistimiento del contrato (cancelación el pedido del producto o articulo) antes de que este efectuase su llegada, el cliente se hace responsable de que dicho articulo llegue en las correctas condiciones al almacén de donde salio.
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Publicado en Leyes
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Nueva Reforma de la Ley Ecommerce, ¿sabes como aplicarla a tu tienda virtual?
Hola chicos,
Muy buen post, había visto un pdf de adigital, pero en este artículo ha quedado mucho más resumido y comprensible.
Cuidaos. Hablamos :)
[Responder]
Avatar del usuario miguel galve
Nueva Reforma de la Ley Ecommerce, ¿sabes como aplicarla a tu tienda virtual?
¡Gracias Miguel! Nos alegra mucho de que te guste y hayamos aclarado tus dudas de forma más sencilla.
[Responder]
Avatar del usuario Israel Gaviño
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